TERMINOS Y CONDICIONES

Las presentes Condiciones Generales constituyen parte vinculante del contrato de servicios celebrado entre el cliente y Última Milla transporte y logística SL  (en adelante E-TRANSPORT), comprometiéndose las partes a su cumplimiento


Normativa Aplicable

Los servicios de Transporte nacional, regional o local de mercancías por carretera, incluidos los de Paquetería, prestados por E-TRANSPORT se regirán por las presentes Condiciones Generales, las Tarifas en vigor y estarán sometidos a la L.O.T.T., su reglamento, Ley 15/2009 sobre el contrato de transporte terrestre de mercancías y demás disposiciones legales que fueren de aplicación.


Mercancías

Contenido y Naturaleza

E-TRANSPORT ignora el contenido de los bultos, para lo que se remite a la declaración que, bajo su exclusiva responsabilidad, formule el remitente y/o destinatario, no asumiendo responsabilidad alguna respecto del contenido de los mismos.
Los gastos/indemnizaciones/penalidades derivados de la inexactitud o deficiencia de los datos facilitados por el expedidor serán de la exclusiva responsabilidad de éste.

Tipos de Mercancía

A los efectos de los servicios prestados bajo las presentes Condiciones Generales, se distinguen los siguientes tipos de mercancías:

A) Mercancías normalizadas. Se entienden por tales:

-Los bultos no paletizados que no excedan de 30 Kgs. por bulto.

-Los bultos palletizados que no excedan de 1.200 Kgs. por pallet.

En ambos casos las dimensiones de los bultos deberán ser normales.

B) Mercancías especiales, entendiéndose por tales:

-Los bultos no paletizados que excedan de 30 Kgs. por bulto.

-Los bultos paletizados cuando el peso de cada pallet exceda de 1.200 Kgs.

-Aquellos que por sus medidas excepcionales, requieran un tratamiento y transporte específicos.

Mercancías con características especiales

E-TRANSPORT deberá ser informado previamente sobre las características especiales de cualquier mercancía y sus envíos, tales como, pallets superiores a 1.200 Kg., etc., reservándose, en todo caso, la aceptación o no de los mismos y la Tarifa a aplicar será la normal con el incremento que, en cada caso, se convenga.

Reglamentación técnico sanitaria o normas de calidad

Será responsabilidad del cliente, la entrega del producto en las condiciones de conservación y temperatura exigidas por su correspondiente Reglamentación Técnico-Sanitaria o Norma de Calidad.

Mercancías peligrosas

El transporte de mercancías peligrosa está sujeto al cumplimiento de los requisitos de la normativa A.D.R. vigente. El remitente y/o destinatario deberá informar previamente a E-TRANSPORT, de la naturaleza de las mercancías, su clasificación A.D.R. y grado de peligrosidad, obligándose, a cumplir la normativa legal en cuanto a embalajes, documentación, etiquetado y cualquier otro requerimiento necesario para su transporte, exonerándose E-TRANSPORT  de toda responsabilidad por su incumplimiento. En todo caso, E-TRANSPORT se reserva el derecho de no aceptar el transporte de dichas mercancías.


Tarifas

Los servicios de transportes y conexos prestados por E-TRANSPORT al amparo de la presente normativa serán facturados de acuerdo con las Tarifas en vigor en el momento de su realización, comprometiéndose E-TRANSPORT a dar adecuada información de las mismas y de sus posibles modificaciones. En la aplicación de las tarifas, el resultado de un tramo superior no podrá nunca ser menor del resultado máximo del tramo inferior.

Los precios indicados en la Tarifa no incluyen el impuesto que fuere de aplicación. Se revisarán anualmente como mínimo según indices de IPC.

Tarifas basadas en el coste del carburante a 01.01.08. Cualquier alteración del precio del gasóleo se repercutirá automáticamente en concepto aparte en nuestras facturas, al amparo de lo dispuesto en la orden FOM/2184/2008, de 23 de julio (B.O.E. 179 DE 25.07.08).

Las Tarifas están siempre basadas en la relación genérica de 1 m3  = 270 Kgs. Si el volumen, incluido embalaje, excede de tal proporción, se facturará por Kg. tasable, es decir, por el peso que resulte de aplicar tal relación genérica.

Servicios extra tales como mozos, grúas ,logística inversa, etc. serán facturados separadamente.Servicios en festivos o nocturnos tendrán un incremento del 40%. 

Tales Tarifas son de aplicación a los servicios regulares, no urgentes. Los precios de estos últimos deberán ser convenidos y confirmados por escrito caso por caso.

El incumplimiento de pago de las facturas por los servicios de E-TRANSPORT supondrá la automática invalidación de las condiciones pactadas, así como las tarifas vigentes con su Empresa, que desde ese momento se entenderán “al contado” para cualesquiera cantidades que estén pendientes de pago.


Documentación y Etiquetado

Reglas Generales

Salvo que el cliente esté integrado informáticamente a nuestro sistema informático, todo envío deberá ir acompañado de las pertinentes instrucciones por escrito a E-TRANSPORT así como de la documentación necesaria.

Tanto en las instrucciones de envío como en el albarán y demás documentación, así como en las etiquetas de los bultos deberán constar claramente el nombre y dirección del destinatario, lugar de entrega y teléfono.

El cliente deberá proveer a E-TRANSPORT de la documentación correspondiente a los alimentos transportados, cuando así esté reglamentado.

E-TRANSPORT no responderá de los daños y perjuicios que se deriven de una información, documentación o etiquetado incorrecto.

Envíos contra reembolso

En aquellos envíos cuya entrega al destinatario esté condicionada a la recepción por el transportista del importe del envío en efectivo metálico o contra cheque bancario acreditativo de transferencia o documento mercantil similar, ello ha de ser indicado previamente por escrito a E-TRANSPORT y consignarse de forma expresa y destacada en el albarán de entrega del cliente a E-TRANSPORT. En todo caso, E-TRANSPORT se reserva el derecho a aceptar o rechazar tales envíos.

En todo caso, E-TRANSPORT quedará relevado de toda responsabilidad por la falta de autenticidad o bondad del documento exigible, salvo probada mala fe o negligencia inexcusable por su parte.

Los envíos contra reembolso también se regirán por las limitaciones a los pagos en efectivos recogidas en la Ley 7/2012 o la que sea aplicable.


Recogidas y Entregas

En los transportes de productos congelados, y asimismo cuando ello resulte preciso en el de productos refrigerados, la temperatura, en el momento de la carga, deberá ser la correspon­diente a la exigida de transporte. En todo caso la variación de temperatura no debe exceder los 3ºC.

Las operaciones de carga y descarga de los vehículos debe efectuarse tan rápidamente como sea posible, utilizándose para ello cuantos medios de manutención se consideren necesarios, de tal forma que no se produzca una elevación de la temperatura de los productos que pueda afectar a su calidad. Por ello, el recorrido entre el vehículo y el almacén deberá ser lo más corto posible

Las Tarifas incluyen las recogidas y/o entregas domiciliarias normales, entendiéndose por tales las efectuadas en los desplazamientos o turnos normales de los vehículos y sin precisar medios excepcionales. Tales servicios se entienden a efectuar en las plantas bajas del domicilio o lugar de origen y/o destino de las mercancías. Las recogidas que por su urgencia o circunstancias especiales hayan de efectuarse fuera de los desplazamientos normales del vehículo, serán facturadas adicionalmente.


Responsabilidad de E-Transport

La responsabilidad de E-TRANSPORT se ajustará a lo determinado por la L.O.T.T. y demás disposiciones legales en vigor. Dicha responsabilidad estará limitada, en todo caso, a la indemnización por pérdida de las mercancías y al perjuicio ocasionado como consecuencia del retraso en la ejecución de los servicios de transporte frigorífico nacional o internacional de mercancías por carretera:

La indemnización por pérdida o daños ascenderá como máximo a un importe equivalente a un tercio del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples/día por cada kilogramo de peso bruto faltante, si fuere inferior, a un importe equivalente al valor de las mercancías no entregadas, tomando como base para su determinación el valor que tuvieran en el momento y lugar en que E-TRANSPORT las recibió para su transporte o almacenamiento.

La indemnización por los perjuicios derivados del retraso en la ejecución de los servicios de transporte frigorífico de mercancías por carretera no excederá del precio del transporte.

E-TRANSPORT quedará exonerado de toda responsabilidad si la pérdida, daño o retraso ha sido ocasionado por incumplimiento del cliente, del destinatario, de un tercero o por una instrucción de éstos, por vicio propio de la mercancía o por circunstancias que E-TRANSPORT no pudo evitar y cuyas consecuencias no pudo impedir.

A estos efectos, se entenderán como causas o circunstancias ajenas a E-TRANSPORT cuyo acaecimiento y consecuencias este no pudo evitar o impedir y que, en consecuencia, dan lugar a la exoneración de su responsabilidad los supuestos de huelga, condiciones climatológicas adversas o el bloqueo de los medio de trasporte con los que se lleve a cabo el transporte por causas que no le sean imputables. 

No obstante lo establecido en el párrafo anterior, si el cliente lo desea contratar, en los casos de daños y/o faltas de los que E-TRANSPORT sea responsable, ésta se compromete a indemnizar según valor factura hasta un máximo de 18 €  por Kg. real con un máximo de 1.500€  por expedición, por lo que facturará un 8% sobre los portes, con un mínimo de 1,5€  por expedición.

Tanto en caso de faltas como de averías de mercancías en devolución o «usadas», se indemnizarán como máximo según límite L.O.T.T., con independencia del valor en factura. Asimismo las reclamaciones por daños internos o no aparentes se indemnizarán igualmente a límite L.O.T.T.

En caso de siniestro de expediciones en devolución y averías por daños No aparentes, la indemnización vendrá determinada por los límites de responsabilidad que establece la Ley 15/2009 sobre el Contrato de transporte Terrestre de mercancías.

La responsabilidad de la entrega del residuo o envase usado para su correcta gestión ambiental corresponde al poseedor final. E-TRANSPORT no se hará responsable, en consecuencia, del destino que el destinatario final dé a tales residuos o envases.


Reservas y reclamaciones por daños y/o faltas

Las reservas por daños y/o faltas, si son aparentes, han de consignarse lo más detalladamente posible en el albarán de entrega del envío y notificarse inmediatamente de entrega del envío por correo electrónico fax/télex a E-TRANSPORT, careciendo de valor las reservas de tipo genérico tales como «conforme salvo examen».

Las reservas por daños y/o faltas no aparentes deberán acomodarse a los plazos y formas que marca la Ley. En todo caso y siempre que la reclamación puede exceder de 500 € deberá ir documentada y fundamentada con el pertinente peritaje oficial realizado en tiempo y forma.


Derechos de retención

Los efectos porteados quedarán, en aplicación de la legislación vigente, especialmente afectos a la responsabilidad del pago del precio del transporte, almacenaje y demás gastos causados durante su conducción, pudiendo E-TRANSPORT retener su entrega hasta que no hayan satisfecho tales gastos.


Legislación y jurisdicción aplicables

Los conflictos que puedan surgir como consecuencia de los servicios prestados al amparo de estas Condiciones Generales, se someterán a las Leyes españolas y a los Tribunales que correspondan según las normas de procedimiento común.


Facturación y pago

Las facturas emitidas por E-TRANSPORT vencerán en el plazo de veinticinco 25 días contados a partir de la fecha de su emisión y serán satisfechas mediante transferencia o recibo bancario domiciliado en la cuenta corriente que el cliente deberá, a tal efecto, comunicar a E-TRANSPORT. El cliente que no cumpla con su obligación de pago en el plazo de veinticinco 25 días incurrirá automáticamente en mora debiendo satisfacer el principal con los intereses de demora que se devenguen hasta su satisfacción calculados al interés legal que resulte de aplicación a la fecha de pago junto con una cantidad fija mínima de cuarenta 40 € en concepto de gastos de cobro y, eventualmente, una indemnización complementaria debidamente justificada por todo coste adicional generado a causa de la mora que supere dicha cantidad fija.


Confidencialidad de datos de carácter personal

E-TRANSPORT comunica a sus clientes, de acuerdo con la Ley 15/1999 del 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal, que la información que nos cedan con motivo de nuestra relación profesional, formará parte del fichero de CLIENTES de la compañía, debidamente registrado en la Agencia de Protección de Datos. Esta información será tratada con la máxima privacidad, confidencialidad y seguridad, de acuerdo con la legislación vigente. Asimismo, les indicamos que pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose al DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN DE E-TRANSPORT.


Antiterrorismo y restricciones por sanciones y embargos

En caso de que los servicios, en todo o en parte, contemplados en este documento, resultaren prohibidos de acuerdo con la legislación aplicable, incluida que no restringida la de los EUA, la de cualquiera de los países de la Unión Europea o la directamente emanada de las instituciones de la Unión Europea, e incluida aunque no restringida la normativa, sobre la lucha antiterrorista y los embargos, E-TRANSPORT, a su entera discreción, estará legitimada a cancelar de forma total o parcial el servicio de que se trate, en cualquier momento, sin aviso previo y sin que con ello se incurra en ninguna responsabilidad frente al cliente. E-TRANSPORT no realizará envíos de empresas, entidades, o desde/para países que se encuentren bajo restricciones de embargo o sanción de acuerdo al Global Sanction List.